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Ilegalidad de las obras realizadas sin autorización en elementos privativos por modificar la configuración del edificio



TS Sentencia de 16 de septiembre de 2010 2010/196190
La Sala 1ª del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por los demandados contra la sentencia dictada por AP y la confirma. La Sala considera que las obras ejecutadas por los recurrentes en el local que les pertenecía privativamente, son contrarias a derecho por haber modificado la configuración y aspecto exterior del edificio, habiendo sido realizadas sin obtener el consentimiento del resto de los copropietarios, siendo correcta la calificación de los hechos declarados probados por el Tribunal de apelación.

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Legalidad de las modificaciones de elementos comunes hechas por propietario de local comercial sin autorización previa de la Junta



TS Sentencia de 9 de diciembre de 2010 2010/258975
Desestima el Tribuna Supremo el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la AP de A Coruña que confirmaba la sentencia de primera instancia. Considera la Sala plenamente acreditado que las obras realizadas por el titular del local comercial, consistentes en la apertura de los dos huecos en el forjado o placa de separación del bajo y del piso primero para la instalación de un pequeño montacargas y hueco de una escalera interior de unión de los dos plantas, en modo alguno menoscaba o altera la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, ni perjudica los derechos de otro propietario. Señala asimismo que pese Jurisprudencia señala que los estatutos de las Comunidades de Propietarios no pueden vulnerar normas imperativas, llegando a declarar la nulidad de aquellos estatutos que permiten la realización de obras que afectan a elementos comunes, esta doctrina se flexibiliza cuando esta autorización previa y afectación de elementos comunes se lleva a cabo por titulares de locales comerciales ubicados en edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal y siempre que las modificaciones no afecten a la seguridad o estabilidad del edificio ni perjudiquen el derecho de otro propietario como ocurre en el caso enjuiciado.

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