
En el caso de las obras en las viviendas, se considerará obra menor y, por tanto, habrá que realizar una declaración responsable, aquellos casos en los que se de obras de reforma parcial no estructural, reparación, renovación, modificación o sustitución de solados, techos, paredes, escayolas, chapados, instalación de fontanería, electricidad, calefacción, saneamiento y otros, pintura, estucado y demás revestimientos y carpintería interior, supresión de barreras arquitectónicas que permitan convertir las viviendas en accesibles o practicables, cuando concurran determinadas circunstancias.
Las declaraciones responsables permiten la realización de la obra desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que pueda desarrollar la Administración.
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